Sector Automovilístico

La UE acuerda los estándares de reducción de emisiones para coches ‘Euro 7’ para 2027

Imagen de un tubo de escape de un vehículo. – PEDRO DAVILA-EUROPA PRESS – Archivo

BRUSELAS, 18 Dic. (EUROPA PRESS) – Los negociadores del Parlamento Europeo y del Consejo han acordado este lunes la nueva norma que fija los estándares de reducción de emisiones contaminantes atmosféricos procedentes del transporte por carretera, conocida como ‘Euro 7’, y que, tal y como defendían los gobiernos, se aplicará para los coches y vehículos ligeros a partir de 2027 y no de 2025 como quería Bruselas.

En línea con lo fijado por los Veintisiete en su posición negociadora, la reforma se aplicará 30 meses después de su entrada en vigor en el caso de los coches y las camionetas y 48 meses después de la entrada en vigor en el caso de buses, camiones y remolques; lo que en la práctica aplaza su aplicación hasta 2027 y 2029, respectivamente.

El acuerdo político necesita aún del visto formal en los próximos meses del pleno del Parlamento Europeo y del Consejo para ser formalmente adoptada como norma. Además, hay una salvaguarda para que los pequeños constructores puedan aplazar el cumplimiento de los nuevos estándares hasta el 1 de julio de 2030 para automóviles y camionetas y hasta el 1 de julio de 2031 para buses y camiones.

La revisión acordada por la Unión Europea para acompañar a la industria en su transición hacia el coche ‘limpio’ en 2035 mantiene los límites de emisiones y las condiciones de prueba que ya existían en la norma anterior (Euro 6) y establece límites más bajos para los vehículos pesados en comparación con el reglamento previo.

El acuerdo establece límites de emisiones de partículas de frenos (PM10) para automóviles y furgonetas (3 mg/km para vehículos eléctricos puros; 7 mg/km para la mayoría de los vehículos con motor de combustión interna (ICE), híbridos eléctricos y de pila de combustible y 11 mg/km para furgonetas ICE grandes), según ha informado el Parlamento Europeo en un comunicado.

También introduce requisitos mínimos de rendimiento para la durabilidad de la batería en automóviles eléctricos e híbridos (80 % desde el inicio de su vida útil hasta cinco años o 100.000 km y 72 % hasta ocho años o 160.000 km) y furgonetas (75 % desde el inicio de su vida útil hasta cinco años o 100.000 km y el 67% hasta ocho años o 160.000 km).

Otra de las novedades tiene que ver con la creación de un ‘pasaporte medioambiental’ para vehículos con información detallada sobre la eficiencia del vehículo en el momento de su matriculación, por ejemplo, sobre emisiones de CO2, consumo de combustible o autonomía eléctrica.

María Rodríguez

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